Para tramitar cualquier beca o ayuda para el estudio o cualquier trámite que necesitéis seguir dentro de la Comunidad de Madrid, debéis saber que se pueden formalizar, además de en el Centro Educativo, en cualquier Oficina de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
Esto significa que ni el horario ni la distancia con el Centro impide que puedas solicitar cualquier ayuda o beca, además que algunos de estos registros abren también por la tarde. Independientemente de donde se formalice la solicitud la harán llegar al Centro.
Otro dato de interés es que, aunque ahora casi todos los trámites se hacen a través de Internet, existen PDF en cada convocatoria para becas y cualquier trámite a gestionar para la Administración, por lo que se puede exigir que se facilite el documento impreso para poder formalizar la petición. Es válido y debe ser admitido cualquier documento, entregado dentro del plazo, donde se deduzca su intención de solicitar la beca, aun cuando no se trate del modelo normalizado.
Recogido en el vigente Artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
DERECHO PRESTACIÓN SANITARIA.
El Real Decreto RD 16/2012 y las instrucciones posteriores del Servicio Madrileño de Salud para su aplicación establecen una serie de excepciones donde se debe seguir prestando atención sanitaria normalizada sin coste ni facturación, como es en el caso de todos los menores y todas las mujeres embarazadas aunque no tengan permiso de residencia. Estos colectivos tienen derecho al acceso a la atención sanitaria en las mismas condiciones que una persona con tarjeta sanitaria, incluyendo la posibilidad de recetas con una aportación del 40%.
GUIA AYUDAS SOCIALES FAMILIA COMUNIDAD MADRID 2014